Se trata del “Servicio de Análisis para Bodegas Exportadoras”, que funciona por tres canales, para la obtención del análisis de la aptitud exportadora.
Mediante el Servicio de Análisis para Bodegas Exportadoras (SABE), un sistema que fue presentado por el Instituto Nacional de Vitivinicultura, agilizar la tramitación y colaborar con los establecimientos que necesiten servicios especiales para la exportación.
SABE fue presentado hoy por la Gladys Ranzuglia, Coordinadora de Fiscalización Analítica del Instituto, a representantes y gerentes de bodegas exportadoras, y también a Cámaras vitivinícolas de todo el país.
El servicio surge de la necesidad planteada por el sector privado y las experiencias recogidas durante el periodo de pandemia, que le permitieron a la vitivinicultura argentina continuar exportando sin inconvenientes.
Los tres canales son el “Azul” (preferencial), “Celeste” y “Bordó”, con distintos requisitos de acuerdo a las necesidades del exportador.
Canales
“Canal Azul”: Preferencial Declaración Jurada de Análisis Aptitud de Exportación
Con cada certificación analítica de exportación aprobada por el Sistema de Declaración Jurada en Línea, implementada por este Organismo, requerirá la presentación de 1 ejemplar de muestras constituido por 2 botellas de 700 ml a 930 milímetro cada una o su equivalente en volumen si se trata de envases de menor capacidad.
Los establecimientos que opten por esta opción deberán abonar un arancel preferencial.
“Canal Celeste: Sistema mixto Declaración Jurada y Análisis en Laboratorios del INV
El industrial que opte por este sistema debe solicitar un análisis de exportación deberá consignar por Declaración Jurada “on line” y completos los datos requeridos y las siguientes determinaciones analíticas: masa volúmica, alcohol, extracto seco, azúcares reductores, acidez total, acidez volátil, desviación polarimétrica, sulfatos, cloruros, aspecto, color, aroma y sabor.
Por tratarse de un sistema mixto, el exportador deberá presentar en el laboratorio correspondiente, el “Formulario Nº 1691: Solicitud para Análisis de Exportación” con la muestra reglamentaria. El número de Control generado deberá ser consignado en este formulario y también deberá abonarse un arancel preferencial.
Canal Bordó: Determinación de Análisis en Laboratorios del INV
El exportador deberá presentar el formulario N°1691 “Solicitud para Análisis de Exportación, junto con la muestra reglamentaria conforme a lo estipulado en la normativa vigente.
En el caso de las exportaciones de mosto deberá ajustarse a lo estipulado en la Resolución N° C-1/2002.