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¿Qué sudecerá con los que el domingo no vayan a votar?

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Este 14 de Noviembre se realizarán en todo el país las elecciones legislativas 2021, que son obligatorias, por lo tanto, aquellos que no se presenten a emitir su voto, deberán presentar un certificado para justificar su ausencia o serán pasibles de una multa. 


Según el Código Electoral Nacional, este domingo deberán sufragar todos los ciudadanos argentinos nativos o por opción que a esa fecha tengan 18 años cumplidos o más y menores de 70 años, inscriptos en los padrones electorales.

En caso que una de estas personas que están habilitadas para votar, no lo hiciera, y no posea una justificación válida, serán sancionados con una multa.

En el caso de los jóvenes de entre 16 y 18 años, están habilitados para votar sólo en las categorías nacionales, pero de manera optativa. Para ellos no será obligatorio votar ni presentar certificación si deciden no hacerlo.

El mismo Código Electoral Nacional es el que establece los montos de las infracciones: “Se impondrá multa de $50 a $500 al elector mayor de 18 años y menor de 70 años que dejare de emitir su voto y no se justificare ante la Justicia Nacional Electoral dentro de los sesenta 60 días de la respectiva elección”.

Quienes no se presenten en su mesa de votación para participar de las elecciones legislativas 2021, deberán justificar su ausencia. En caso de no poder hacerlo, deberán pagar una multa de $100 en las elecciones generales. Para las Paso la multa era de $50.

En caso de no abonar la multa, los ciudadanos quedarán registrados como infractores y tendrán inconvenientes administrativos, como no poder hacer trámites durante un año para obtener el pasaporte, renovar el carné de conducir. Tampoco podrán ser designados para desempeñar empleos públicos durante tres años desde la elección.

Los motivos por los que puede justificarse la ausencia:

En caso que durante el día de la elección el elector se encuentre a más de 500 kilómetros del establecimiento en el cual debe votar y justifiquen que la lejanía obedece a motivos razonables (cuestiones laborales, familiares o de otra índole). Para conseguir la justificación  correspondiente se deberá acercar a la comisaría más cercana y pedir un certificado que avale el día y el lugar en el que se encuentran.

También podrán justificar su inasistencia las personas que el día de elecciones estuvieron imposibilitadas por causas de fuerza mayor que les impide asistir al acto. Esto debe estar lo suficientemente comprobado porque debe ser justificado en primer término por médicos del servicio de sanidad nacional. En su defecto, deberán ser revisados por médicos oficiales, provinciales o municipales. Si estos últimos están ausentes deben ser observados por médicos particulares.

También puede justificar la no emisión del voto, el personal de organismos y empresas de servicios públicos que por razones atinentes a su cumplimiento debieron realizar tareas que le impidieron asistir a los comicios durante su desarrollo.

Este año, se agregan cuestiones relacionadas a la pandemia de Covid-19 a los motivos que justifican no votar: las personas con coronavirus o aquellos que tengan síntomas compatibles con el virus tienen justificada su ausencia. Asimismo, deberán cargar el documento con el resultado del hisopado. Tampoco deberán asistir a votar quienes estén aislados por haber tenido contacto estrecho con alguien cuyo test dio positivo.

Finalmente, los Jueces y auxiliares deben asistir a sus oficinas y mantenerlas abiertas durante el acto electoral, por lo tanto están justificados.

Para abonar sus respectivas multas quienes no voten deberán ingresar en el Registro de Infractores.

La multa por no votar se puede abonar a través del Banco de la Nación Argentina. El trámite puede realizarse personalmente o por medios electrónicos como transferencia bancaria, tarjeta de crédito, pago en efectivo o cuenta virtual.

La información se actualiza en la web dos días hábiles después de saldada la deuda. El monto de las sanciones integra el Fondo Partidario Permanente, a cargo del Ministerio del Interior.

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