La empresa se sumó a las bromas por el Día de los Inocentes pero terminó generando el repudio de sus seguidores y hasta reclamos legales.
El 28 de diciembre es el Día de los Inocentes, una fecha que muchos utilizan para hacer bromas. Con esta excusa, Havanna se lanzó a través de sus redes una curiosa propuesta que tuvo una gran adhesión pero que culminó en un escándalo legal y con millas de usuarios enojados.
¡Para los que lo pidieron! Si en tu trabajo no recibiste caja navideña, dejanos tu CUIL y te mandamos una Caja Havanna. pic.twitter.com/cj1RMFiR7D
— Havanna Argentina (@Havanna_arg) December 28, 2021
La compañía realizó publicaciones en el marco del “Día de los Inocentes” sin aclarar de manera previa esta situación, en las que ofrecía inicialmente una caja navideña con productos de la marca a todos aquellos que compartieran su número de CUIL.
Unas horas después, Havanna aclaró que todo se trataba de un chiste, pero que, entre todos los “copados” que respondieron a la consigna, iban a sortear cinco Cajas Havanna. Sin embargo, ya era tarde para retractarse.
Tarjeta amarilla
La Secretaría de Comercio Interior de la Nación, a través de la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje en Consumo, imputó administrativamente a la empresa por presunta publicidad engañosa e incumplimiento de oferta en sus cuentas verificadas de redes sociales.
Según explican, Havanna habría infringido el artículo 4° de la Ley de Defensa del Consumidor, ya que la publicidad en su conjunto contiene información falsa sobre el ofrecimiento de productos y no cumple el deber de brindar información cierta, clara y detallada.
Por otro parte, estas publicaciones también infringirían el artículo 7° de la norma, que prevé las condiciones en las que se tiene que establecer una oferta o promoción; y en ningún momento se establecen las bases de la promoción ofrecida por Havanna y no presenta fecha de inicio ni de finalización de la misma, como obliga la ley.
Finalmente, el artículo 4° también contempla como información que debe brindarse lo establecido por el artículo 6° de la Ley de Lucha contra el Alcoholismo que determina que en cualquier publicidad que contenga bebidas alcohólicas tiene que tener visible la leyenda “Beber con moderación. Prohibida su venta a menores de 18 años”.
En este caso no se cumpliría tampoco con el deber de brindar información ya que se muestran bebidas alcohólicas y no figura la leyenda correspondiente, aclararon desde Comercio Interior en un comunicado.
La empresa tiene cinco días hábiles para ofrecer su descargo frente a la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje en Consumo y posteriormente continuará el proceso administrativo para determinar si corresponden sanciones.