El denominado proyecto “Ley de Nietos” que ya tiene media sanción en la Cámara de Diputados de España, permitirá, de sancionarse finalmente en el Senado, que el universo de personas en condiciones de solicitar la ciudadanía se amplíe considerablemente.
El proyecto prevé que los descendientes no directos de españoles (nietos) y los hijos de mujeres españolas que se casaron con extranjeros puedan obtener la ciudadanía europea.
La Ley de Memoria Histórica/Democrática es un proyecto que intenta reparar ciertas injusticias cometidas por la dictadura de Franco en ese país europeo. Entre otras medidas, permitiría por dos años ciertas facilidades para que descendientes de personas que emigraron obtengan la ciudadanía española, sin cumplir ciertos requisitos hoy vigentes.
También agilizaría la obtención del pasaporte para hijos de mujeres españolas que se hayan casado con extranjeros mientras perduraba la Constitución de 1978, en la que se dictaminó que la descendencia heredaba la ciudadanía del padre.
¿Qué requisitos se eliminan?
En caso de ser aprobada, la “Ley de nietos” no determinaría un límite de edad a la hora de poder aplicar para obtener la ciudadanía española.
Si el Senado español da luz verde a la Ley de Nietos, el Ministerio de Justicia español procederá entonces a reglamentar la nueva normativa y definir un instructivo de procedimiento legal que determine donde presentar las solicitudes de aplicación y los documentos necesarios.
Si bien no se conoce todavía la información que deberá ser entregada, el proyecto anticipa un plazo de dos años para que los descendientes de españoles interesados en la ciudadanía puedan presentar la documentación -con la posibilidad de solicitar un año de prórroga-. Será el Consulado General de España que informará puntualmente la vigencia de la ley.
Para proceder con la obtención de la ciudadanía española, será necesario presentar la siguiente documentación:
El acta de opción por la nacionalidad española
Partida de nacimiento de los progenitores españoles en caso de que no esté inscripto en el Registro Civil español.
Partida de nacimiento del interesado expedida por el Registro Civil argentino, legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores y con postilla de La Haya.
Acta de matrimonio de los progenitores o partida de nacimiento del padre o madre que no posee la nacionalidad española.
Pasaporte español o partida de defunción del progenitor español.
DNI argentino del progenitor español.
DNI argentino del interesado.
En caso de adopciones, se debe aportar el testimonio completo de adopción junto con la partida de nacimiento del adoptado.
Una vez reunida la documentación, se accede al sitio web del Consulado General de España y luego se debe crear un usuario y una contraseña para ingresar. En la Argentina, el país europeo cuenta con cinco consulados ubicados en: Buenos Aires, Bahía Blanca, Córdoba, Mendoza y Rosario.
Se cobra una tarifa no reembolsable para procesar la solicitud de la ciudadanía, la cual no será devuelta incluso de no aprobarse la gestión. El valor del procesamiento de la solicitud es de 104,05 euros.