La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica ( Anmat ) prohibió la comercialización de un té matcha marca Makam Food, así como un arroz largo fino de la marca Bramador.
Según se publicó hoy en el Boletín Oficial en la Disposición 4762/2018, el Departamento Vigilancia Alimentaria del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) recibió una denuncia en relación al producto Té Matcha Orgánico Japonés- Kagoshima, libre de gluten, envasado por Daily Matcha- Luciernaga Ltda. Chile, que se estaría comercializando en el establecimiento “Dietética Lo de Perez”, sito en Juramento 2112, CABA, que no cumpliría la normativa alimentaria vigente. Además, el producto era promocionado en Mercado Libre.
A raíz de de la denuncia recibida y una serie de operativos, el té carece de autorización, resultando ser un producto ilegal. Por ese motivo, la Anmat resolvió prohibir la comercialización en todo el territorio nacional del Té Matcha Makam Food, Orgánico Japonés- Kagoshima, libre de gluten, envasado por Daily Matcha- Luciernaga Ltda. Chile.
El organismo estatal también decidió, a través de la Disposición 4764/2018, prohibir un arroz largo fino de la marca Bramador. La medida se dio luego de que se realizara un programa de monitoreo de la Dirección General de Bromatología de Santiago del Estero en relación al produco mencionado.
Tras cumplir con los requisitos necesarios, la Anmat resolvió que el arroz mencionado no cumplía con la normativa alimentaria vigente al “estar falsamente rotulado por consignar en el rótulo el símbolo de alimento libre de gluten, y no estar autorizado como tal, resultando ser en consecuencia ilegal”.
En ese sentido, el organismo resolvió prohibir la comercialización en todo el territorio nacional del producto Arroz largo fino, 100% Natural, calidad 0000, que consigna el símbolo de alimento libre de gluten”, marca Bramador, RNPA N° 21-112853, RNE N° 21-112917, elaborador: Cia. Arrocera Santafesina S.A, Ruta Provincial N° 1 km 265, localidad de Alejandra, provincia de Santa Fe.